La herencia no solo se relaciona con el legado material de quienes nos precedieron, sino que también puede ser fuente de complicaciones y disputas entre familiares. «Nunca llueve a gusto de todos,» dice el refrán, reflejando que las decisiones sobre herencias a menudo generan desacuerdo, ya sea que exista testamento o no.El objetivo de este artículo es resolver algunas de las preguntas más comunes sobre herencias que surgen tras el fallecimiento de un ser querido, incluyendo cómo poner en orden los asuntos legales y económicos, y más.
¿Cómo saber si existe un testamento o si tengo derecho a herencia?
Después de la pérdida de un ser querido, se debe esperar 15 días para iniciar los trámites de herencia. Transcurrido este tiempo, munido del certificado de defunción, es necesario solicitar el Certificado de Actos de Últimas Voluntades en la oficina local del Ministerio de Justicia. El trámite se efectúa mediante el formulario 790 y el pago de una tasa aproximada de 3,5 euros. Cualquier persona puede realizar esta solicitud para determinar si el fallecido dejó testamento y, en caso afirmativo, quién es el beneficiario de posibles seguros de vida.
¿Y si no existe testamento?
Sin testamento, se procede a una Declaración de Herederos según lo establecido por el Código Civil. Los descendientes, ascendientes y cónyuges tienen prioridad en el orden de sucesión.
Procedimiento para la declaración de herederos
Aquellas personas con interés legítimo deben dirigirse a la notaría correspondiente al último domicilio del fallecido, o donde este poseyera la mayor parte de su patrimonio, con la siguiente documentación:
- Certificado de defunción.
- Certificado de Actos de Últimas Voluntades.
- DNI del difunto.
- Certificados de nacimiento o defunción de los descendientes.
- Certificado de matrimonio (si corresponde).

Ayuda para gastos de sepelio
Existe una asistencia económica para quienes asumen los gastos del sepelio, independientemente del nivel de ingresos del fallecido o herederos. Esta ayuda puede solicitarse dentro de los cinco años posteriores al evento.
Disconformidad con el testamento y tiempo para impugnar
Si se discrepa con el contenido del testamento, se dispone de quince años desde el fallecimiento del testador o desde la fecha de recepción de una copia autorizada del mismo para impugnarlo.
Desigualdad en la herencia
La herencia se distribuye en tres partes: la legítima, la mejora y el tercio de libre disposición, lo que podría resultar en una distribución desigual entre los herederos.
¿Quién y cómo puede impugnarse un testamento?
Los herederos legales y aquellos beneficiados en testamentos previos pueden impugnarlo, a menos que hayan aceptado parte de la herencia, lo que se considera un reconocimiento tácito de su validez.
Número de testamentos y validez
Aunque una persona puede redactar múltiples testamentos a lo largo de su vida, solo el último tendrá validez legal.
Razones válidas para impugnar un testamento
Un testamento puede impugnarse solo por motivos legalmente reconocidos, como incapacidad del testador, coacción, fraude, omisión de herederos forzosos, desheredación injustificada, entre otros.

Las dudas y conflictos sobre herencias son numerosos y variados, pero con el asesoramiento adecuado, muchos pueden prevenirse. En Duarte & Julián Abogadas somos especialistas en derecho sucesorio y estamos listas para asistirte.
Si tienes alguna duda, no dudes en contactarnos.
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